Ilustración de la sección Lotería de Navidad del blog de ScanLotería

¿Cuánto toca en la Lotería de Navidad después de impuestos?

El Gordo de la Lotería de Navidad paga 400.000 € brutos al décimo y, después de impuestos, se cobran 328.000 €: los primeros 40.000 € están exentos y sobre el resto se retiene un 20 %. Con el segundo premio se cobran 108.000 € y con el tercero, 48.000 €; del cuarto hacia abajo, se cobra íntegro.

Los importes brutos son los del programa de premios de Navidad, que en 2026 mantiene la estructura de años anteriores; la fiscalidad es la vigente al redactar este artículo, según la Ley del IRPF y la Agencia Tributaria. Las dos cosas pueden cambiar, así que antes de hacer cuentas conviene mirar el programa oficial del año y la información de la Agencia Tributaria.

Cómo se calcula: mínimo exento de 40.000 € y 20 % sobre el resto

Los premios de las loterías y apuestas del Estado no se suman al resto de tus rentas: tributan aparte, con un gravamen especial del IRPF para los premios de determinadas loterías y apuestas. Funciona en dos pasos:

  • Se resta el mínimo exento: los primeros 40.000 € de cada décimo, fracción o apuesta premiada no tributan.
  • Se aplica el 20 % al exceso: sobre la parte que supera esos 40.000 € se retiene un 20 %.

El detalle importante en Navidad es que la exención se aplica por cada décimo premiado, no por persona ni por sorteo. Si tienes dos décimos del Gordo, cada uno disfruta de sus propios 40.000 € exentos.

Premio a premio: lo que queda después de impuestos

  • Primer premio (el Gordo): 400.000 € brutos al décimo. Tributan 360.000, se retienen 72.000 y cobras 328.000 €.
  • Segundo premio: 125.000 € brutos. Tributan 85.000, se retienen 17.000 y cobras 108.000 €.
  • Tercer premio: 50.000 € brutos. Tributan 10.000, se retienen 2.000 y cobras 48.000 €.
  • Cuartos premios: 20.000 € al décimo, por debajo del mínimo exento. Cobras 20.000 €.
  • Quintos premios: 6.000 € al décimo, exentos. Cobras 6.000 €.
  • Aproximaciones (2.000, 1.250 y 960 € al décimo), centenas y terminaciones (100 €), pedrea (100 €) y reintegro (20 €): todos muy por debajo de 40.000 €, así que se cobran íntegros.

Dicho de otra forma: de todas las categorías del sorteo, solo los tres primeros premios llegan a tributar. Todo lo demás llega limpio a tu bolsillo. El reparto completo, categoría a categoría, está en premios de la Lotería de Navidad por décimo.

¿Y si tienes el billete entero o varios décimos?

Como la exención va por décimo, quien tenga un billete completo del Gordo (los diez décimos del mismo número y la misma serie) suma diez veces el cálculo anterior: 3.280.000 € netos sobre 4.000.000 brutos. No es algo propio de Navidad: en cualquier sorteo de la Lotería Nacional la exención va por décimo, y por eso repartir la compra en décimos no penaliza fiscalmente.

Décimos compartidos: cuidado con quién cobra

Cuando un décimo es de varias personas, el mínimo exento se prorratea entre los cotitulares según su cuota. Si un décimo del tercer premio (50.000 €) es de dos personas al 50 %, a cada una le corresponden 25.000 € de premio y 20.000 € de mínimo exento, la mitad de los 40.000, así que tributa por 5.000: se le retienen 1.000 € y cobra 24.000. Compartir no multiplica la exención: lo que se retiene en total es lo mismo que si el décimo tuviera un solo dueño. Lo importante es poder acreditar quién participaba y con qué porcentaje antes del sorteo: si no se puede, y una sola persona cobra todo y luego reparte, ese reparto puede acabar tributando como una donación, con su propio impuesto.

Si compras online un décimo para compartirlo, queda a nombre de quien lo compra: no hay cotitulares registrados. Por eso conviene dejar constancia antes del sorteo de quién participa y con qué parte.

Con Hacienda no tienes que hacer nada más: la retención se hace al pagar

La retención la practica Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) en el momento del pago, así que el importe que recibes ya es el líquido. Como norma general no tienes que incluir el premio en tu declaración de la renta ni ingresar nada después. Distinto es lo que ese dinero genere más adelante, intereses, alquileres o inversiones: esos rendimientos sí tributan como cualquier otra renta.

Preguntas frecuentes sobre los impuestos de la Lotería de Navidad

¿Hay que declarar el Gordo de Navidad en la renta?

No. SELAE retiene el 20 % de lo que pasa de 40.000 € al pagarte el premio, y con esa retención el impuesto queda liquidado: no hay que presentar ninguna otra declaración por el premio ni sumarlo a la renta. Lo que sí tributa después es lo que ese dinero te rinda, como los intereses.

¿Cuánto se cobra con dos décimos del Gordo?

656.000 € netos: cada décimo tiene sus propios 40.000 € exentos, así que cada uno se cobra a 328.000 €. La exención va por décimo, no por persona ni por sorteo, y lo mismo vale para el billete entero: los diez décimos del Gordo suman 3.280.000 € netos.

¿Un décimo compartido paga menos impuestos?

No. La exención de 40.000 € se reparte entre los cotitulares según su parte, y el total retenido es el mismo que si el décimo fuera de una sola persona. Lo que cambia es que cada uno cobra su parte ya neta, siempre que se pueda acreditar el reparto.

¿Los premios pequeños de Navidad pagan impuestos?

No. Cuartos, quintos, aproximaciones, centenas, terminaciones, pedrea y reintegro están por debajo de los 40.000 € exentos y se cobran íntegros: el más alto de ellos, el cuarto premio, paga 20.000 € al décimo, justo la mitad del mínimo exento.

Si quieres el detalle del impuesto con otros ejemplos, lo tienes en impuestos de los premios de lotería; y si todavía buscas número, lo eliges entre los que tenemos a la venta en la página de la Lotería de Navidad de ScanLotería, tu administración de lotería online.

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